Reglamento de IA: la checklist para pymes

El 2 de agosto de 2026 entró en aplicación el grueso del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial. Si en tu empresa alguien usa ChatGPT, Claude, Copilot o cualquier herramienta con IA incorporada, ya te aplica. No hace falta que desarrolles nada: basta con usarlo.

La primera obligación —formar a tu plantilla en el uso de la IA— venció el 2 de febrero de 2025. Hace año y medio.

Qué es esta checklist

Seis páginas y veintidós comprobaciones para saber en veinte minutos en qué situación está tu empresa. Está pensada para imprimir y marcar a boli: las casillas que no puedas marcar son tus deberes pendientes.

Lo que vas a encontrar dentro

  • Las cuatro fechas de aplicación y cuáles ya han pasado.
  • La práctica prohibida que pilla a empresas normales: inferir emociones de la plantilla en el puesto de trabajo está vetado desde febrero de 2025.
  • Cuándo usar IA para contratar te convierte en «alto riesgo» y qué obligaciones trae eso.
  • Qué exige de verdad el artículo 4 sobre formación: no es un curso ni un certificado, y casi nadie lo ha documentado.
  • Quién vigila en España —la AESIA, con sede en A Coruña— y las cuantías del régimen sancionador.

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Documento divulgativo, no asesoramiento jurídico. Actualizado a agosto de 2026 y elaborado sobre el texto del Reglamento (UE) 2024/1689.

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